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CVC ACTÚA PARA REDUCIR RIESGOS POR DESABASTECIMIENTO DE AGUA EN TEMPORADA SECA

Publicado 21 de Septiembre 2015

El Valle del Cauca se encuentra atravesando la segunda temporada seca del año y como consecuencia se presenta la disminución de los caudales. Para mitigar esta situación la CVC se encuentra implementando acciones las cuales permitirán la reducción de riesgos por desabastecimiento de agua para los usos establecidos, asociados al fenómeno del niño.

 

DIRECCIÓN AMBIENTAL REGIONAL CENTRO NORTE

 

CVC ACTÚA PARA REDUCIR RIESGOS POR DESABASTECIMIENTO DE AGUA EN TEMPORADA SECA

 

 

El Valle del Cauca se encuentra atravesando la segunda temporada seca del año y como consecuencia se presenta la disminución de los caudales. Para mitigar esta situación la CVC se encuentra implementando acciones las cuales permitirán la reducción de riesgos por desabastecimiento de agua para los usos establecidos, asociados al fenómeno del niño.

 

B-366 Tuluá, 21 de septiembre de 2015

 

La Dirección Ambiental Regional Centro Norte de la CVC, avanza con el fin de generar acciones para lograr mitigar las consecuencias que traen consigo la segunda temporada seca del año, influenciada por el Fenómeno de “El Niño”, durante todo el año se han enviado notificaciones con una serie de restricciones a las alcaldías municipales, asociaciones y personas que cuenten con concesión de agua, las cuales se deben cumplir a cabalidad.

 

Las restricciones son las siguientes:

- Destrucción o desmonte de trinchos, barreras o cualquier otro método no autorizado por la CVC, que conlleven a la toma, desvío, represamiento o embalse de las aguas, que impidan su normal discurrir por los cauces o derivaciones.

 

- Las concesiones de agua de uso agrícola (riego), durante el día domingo deben de suspenderse de manera total, para darle prioridad al uso recreativo, por la necesidad de recarga del río, lo anterior implica el cierre total de las tomas de agua, como de los bombeos de los cauces naturales de agua y canales de derivación.

 

- La implementación de turnos de riego con toma de aguas superficiales, donde queda excluido para riego el día domingo, como ya se mencionó, no podrán sobrepasar las ocho (8) horas continuas en la captación del caudal concesionado.

- Suspensión de todo trámite de otorgamiento de concesiones de aguas superficiales. Este punto hasta que el Ideam declare que no hay Fenómeno de El Niño.

 

- Es obligación de los usuarios del agua permitir el acceso a sus predios al personal de la CVC, previamente identificado, como de suministrar los datos que sean necesarios para verificar el cumplimiento de las medidas, acciones y obligaciones impuestas en la Resolución que hace referencia en el asunto.

 

En caso de violación a las disposiciones ambientales contempladas en la precitada Resolución 0100 No.0110-0427-2015, la CVC, impondrá las medidas preventivas y sanciones previstas en la Ley 1333 de 2009, o las que las modifiquen o sustituyan, sin perjuicio de las demás acciones a que haya lugar.

 

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Redactó: Paola Andrea Holguín Ayala, cel: 3163102081
Revisó: Ingeniero Geólogo Juan Guillermo Arango Solórzano

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