El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca–CVC, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.8.5.1.1 del Decreto No. 1076 de mayo 26 de 2015. CONVOCA A los Consejos Comunitarios legítimamente constituidos y legalmente reconocidos en el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca–CVC, a la elección del representante y suplente de las Comunidades Negras al Consejo Directivo de la Corporación. La reunión de elección tendrá lugar el día 4 de septiembre de 2015, a las 10:00 a.m. en el Centro de Convenciones las Pilas, ubicado en la Carrera 56 No. 11A-33 de la ciudad de Cali.
El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca–CVC, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.8.5.1.1 del Decreto No. 1076 de mayo 26 de 2015.
CONVOCA
A los Consejos Comunitarios legítimamente constituidos y legalmente reconocidos en el área de jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca–CVC, a la elección del representante y suplente de las Comunidades Negras al Consejo Directivo de la Corporación. La reunión de elección tendrá lugar el día 4 de septiembre de 2015, a las 10:00 a.m. en el Centro de Convenciones las Pilas, ubicado en la Carrera 56 No. 11A-33 de la ciudad de Cali.
Los Consejos Comunitarios, que aspiren a participar en la elección, deberán allegar a la ventanilla única del Centro Administrativo de Correspondencia de la sede principal de la CVC, a más tardar el día 12 de agosto de 2015, hasta las 5:30 p.m., los siguientes documentos:
1- Certificación vigente expedida por el Alcalde municipal correspondiente, en la que conste la ubicación del Consejo Comunitario, la inscripción de la Junta y de su representante legal.
2- Certificación vigente expedida por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural INCODER, sobre la existencia de territorios colectivos legalmente titulados o en trámite de adjudicación a las comunidades negras de la respectiva jurisdicción.
3- Original o copia del documento en el cual conste la designación del miembro de la comunidad postulado como candidato para el año 2015.
La CVC revisará los documentos presentados y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos. Posteriormente, elaborará un informe al respecto, el cual será presentado el día de la reunión de elección.
Únicamente los representantes legales de los Consejos Comunitarios que hayan cumplido con los requisitos exigidos en el Decreto No. 1076 de 2015 tendrán voz y voto en la reunión de elección.
RUBEN DARIO MATERON MUÑOZ
Director General